El Mostrador, 5 de Septiembre de 2006
5 de Septiembre del 2006
Cámara aprueba término de inhabilidad para familiares de diplomáticos
Autores del proyecto, si bien comparten los criterios fundamentales de la prohibición, afirman que opera en forma injusta respecto de los funcionarios del Servicio Exterior.
La Cámara de Diputados aprobó, por 90 votos a favor, un proyecto de ley que permite a los cónyuges, hijos o parientes del personal del Servicio Exterior acceder a ese tipo de cargos.
El texto precisa que la inhabilidad mencionada no será aplicable respecto del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, de modo que se permita el ingreso de parientes y familiares a esta repartición.
Actualmente, la ley de Bases Generales de la Administración del Estado, prohíbe el ingreso a cargos de la administración pública a las personas que tengan la calidad de cónyuge, hijos, o parientes hasta el tercer grado de consaguinidad y segundo de afinidad inclusive respecto de las autoridades y de los funcionarios directivos del organismo de la administración civil del Estado al que postulan.
No obstante, los autores del proyecto, si bien comparten los criterios fundamentales de la prohibición, puesto que fortalece la probidad y transparencia, afirman que opera en forma injusta respecto de los funcionarios del Servicio Exterior.
Ello, porque cuando el personal de este servicio es destinado al extranjero, ya sea en embajadas, misiones permanentes o consulados, involucra necesariamente al cónyuge e hijos en su gestión.
Así, por ejemplo, la cónyuge asume labores de apoyo a la tarea del diplomático y los hijos crecen y se educan en condiciones muy distintas a las de Chile.
Los diputados resaltan que este costo-beneficio, fomenta una legítima inquietud de parte de algunas de esas personas a ingresar al Servicio Exterior, con la ventaja adicional de conocer a la perfección las obligaciones inherentes al cargo.
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